El Impuesto al Patrimonio es un tributo que grava el patrimonio líquido poseído por determinados contribuyentes, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y en el Decreto 1474 de 2025 .
Para el año gravable 2026, el impuesto se determina con base en el patrimonio poseído al 1 de enero de 2026 .
Son sujetos pasivos del Impuesto al Patrimonio las personas naturales, personas jurídicas y no residentes cuyo patrimonio líquido sea superior a 40.000 UVT , equivalente a $2.094.960.000 .
Este umbral se aplica de manera general para los distintos tipos de contribuyentes, conforme a la normativa vigente.
📌 El Impuesto al Patrimonio se debe pagar en dos cuotas de 50% cada una del impuesto a cargo.
La presentación de la declaración y pago de la primera cuota será entre el 12 y el 26 de mayo.
El pago de la segunda cuota deberá hacerse, a más tardar, el 14 de septiembre.
El Impuesto al Patrimonio puede tener un impacto significativo en la estructura financiera y fiscal. Un análisis oportuno permite:
Evaluar la exposición tributaria real
Optimizar la carga fiscal dentro del marco legal
Evitar sanciones e intereses por incumplimientos
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